«Nito75» obligado a quedarse sin Internet por intercambiar archivos por P2P, primer caso en España en donde se aplica la LPI
Nito75 será el primer usuario en España condenado a no recibir el servicio de Internet por parte de su operador. La sentencia ha sido emitida por el juzgado mercantil nº 6 de la Audiencia Provincial de Barcelona y obliga al proveedor gallego R a cortar el Internet a Nito75 por haber compartido archivos mediante P2P.
La demanda ha sido iniciada por Promusicae, Sony Music, Universal Music, Warner Music y EMI y se respalda en la Ley de Propiedad Intelectual que rige en España. Pero al no poder saber la verdadera identidad de Nito75, la operadora R será la demandada.
Y no es que Nito75 fuera inocente de intercambiar archivos, en donde no había ánimo de lucro, lo cual no está penado por la ley española. De alguna manera, se ha detectado que este usuario cometió el crímen de tener más de cinco mil canciones en su ordenador, que intercambiaba a través de Direct Connect. Pero Nito75 no será condenado a otra cosa más que perder la conexión a Internet, sino que los condenados serán los intermediarios, en este caso el prestador del servicio, aún cuando los actos de este no supongan una infracción.
Se trata de una decisión un tanto anacrónica y hasta ridícula, ya que al mismo usuario le bastará con cambiar su nick para tener acceso nuevamente a Internet. Esta decisión podría sentar un precedente peligroso para que en España se inicie una cacería de «infractores» solo por tener archivos en el disco duro del ordenador, lo cual no es prueba suficiente de que se estén intercambiando de forma ilegal.
Vía | El Mundo